ACUERDO 35-2017
Se Acuerda Organizar De Manera Pluripersonal El Juzgado De Primera Instancia De Trabajo Y Previsión Social Y De Familia Del Departamento De Retalhuleu.
ACUERDO NÚMERO 35-2017
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia emitir las disposiciones pertinentes para hacer efectivo y eficaz el funcionamiento de cada uno de los órganos jurisdiccionales creados y distribuir la competencia por razón de la materia y territorio.
CONSIDERANDO
Que el volumen de demandas en materia de Trabajo y Previsión Social y Familia en el departamento de Retalhuleu, ha aumentado considerablemente, por lo que con el fin de agilizar la administración de justicia, se deben dictar las disposiciones pertinentes para asegurar la eficacia y celeridad y una pronta y cumplida administración de justicia como lo estipula el artículo 207 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el estudio realizado por la Secretaría de Planificación y Desarrollo Institucional de este Organismo, se establece fehacientemente la alta carga de trabajo que actualmente soporta el Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia del departamento de Retalhuleu, por lo que se instituye como solución la asignación de otro juez en el mismo, para fortalecer el funcionamiento de dicho Juzgado.
POR TANTO
La Corte Suprema de Justicia, con fundamento en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 203, 205 y 207 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 53, 54 literales a) y f) , 57, 58, 74, 77, 94 y 102 de la Ley del Organismo Judicial e integrada como corresponde,
ACUERDA
ORGANIZAR DE MANERA PLURIPERSONAL EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y DE FAMILIA
DEL DEPARTAMENTO RETALHULEU.
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