ACUERDO GUBERNATIVO 37-2019
Reglamento de la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural De La Nación.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 37-2019
Guatemala, 4 de marzo de 2019
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo estipulado en la Constitución Política de la República de Guatemala, corresponde al Estado proteger, fomentar y divulgar la cultura nacional y los bienes que forman el Patrimonio Cultural de la Nación, emitir las leyes y disposiciones que tiendan a su enriquecimiento, restauración, preservación y recuperación; así como promover y reglamentar su investigación científica y la creación y aplicación de tecnología apropiada.
CONSIDERANDO
Que la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación, tiene por objeto regular La protección, defensa, investigación, conservación y recuperación de los bienes que integran el Patrimonio Cultural de la Nación; por lo que para su correcta aplicación, es necesario emitir el Reglamento por medio del presente Acuerdo Gubernativo.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183, literal a) y e) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y artículo 24 del Decreto número 26-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación.
ACUERDA
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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