ACUERDO 3-2018
Se Acuerda Aprobar El Siguiente Tarifario De Servicios Migratorios.
*Derogada en su totalidad por el artículo 1 del Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional No. AMN 003-2022
ACUERDO DE AUTORIDAD
MIGRATORIA NACIONAL No. 3-2018
CONSIDERANDO
Que con fecha doce de octubre de dos mil dieciocho fue publicado en el Diario de Centro América el Acuerdo 02-2018 emitido por la Autoridad Migratoria Nacional. Asimismo, durante la vigencia del acuerdo referido surgió la necesidad de poder contemplar ciertas figuras jurídicas que nacen en el marco del Código de Migración que no estaban contempladas para la Dirección General de Migración durante la gradualidad de la Transición.
CONSIDERANDO
Que se hace necesario, regular el registro de los ingresos por los servicios migratorios en la transición de la Dirección General de Migración del Ministerio de Gobernación al Instituto Guatemalteco de Migración, lo cual es una exigencia para el control, eficiencia y transparencia en el manejo de los recursos públicos.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 118 literal n) del Código de Migración, Decreto 44-2016 del Congreso de la República de Guatemala y el Artículo 13 del Reglamento de Funcionamiento Interno de la Autoridad Migratoria Nacional, Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional 01-2018:
ACUERDA
Aprobar el siguiente:
TARIFARIO DE SERVICIOS MIGRATORIOS
TÍTULO I
CAPÍTULO ÚNICO
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