ACUERDO MINISTERIAL 119-2018
Se Acuerda Dar A Conocer La Resolución De La Instancia Ministerial -UA- No. 36-2018, Mediante La Cual Acuerda Transitoriamente, El Comercio De Mercancías Entre Los Estados Partes, Bajo El Proceso De Integración Profunda.
ACUERDO MINISTERIAL No. 119-2018
Guatemala, 15 de marzo de 2018
EL MINISTRO DE ECONOMIA
CONSIDERANDO:
Que conforme a los términos del artículo 55, numerales 6 y 7 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala- y en el marco del proceso de Unión Aduanera Guatemala-Honduras la Instancia Ministerial de la Unión Aduanera emitirá y adoptará, en los términos del Artículo 55 del Protocolo de Guatemala, mutatis mutandis, los actos jurídicos que sean necesarios; las Resoluciones emitidas por la Instancia Ministerial entrarán en vigor en la fecha en la cual se adopten, salvo que en las mismas se señale otra fecha, debiendo publicarse por los Estados Parte;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de la Instancia Ministerial -UA- No. 36-2018 de fecha 8 de marzo de 2018, la Instancia Ministerial de la Unión Aduanera entre la República de Guatemala y la República de Honduras, hace necesario asegurar la certeza jurídica para los agentes económicos que transfieran, exporten, adquieran o importen las mercancías que gozan de libre circulación, las mercancías obtenidas, recolectadas, producidas, elaboradas o transformadas en el territorio aduanero único, operaciones que pueden ser realizadas en regímenes aduaneros especiales, por lo que se deben establecer los mecanismos necesarios que faciliten dichas operaciones.
POR TANTO,
En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 27, literal m) del Decreto 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo,
ACUERDA:
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