ACUERDO MINISTERIAL 072-2018
Se Acuerda Aprobar El Normativo Para La Aplicación Del Contingente Arancelario De Frijol Negro.
Derogado por el Acuerdo Ministerial 582-2020 de fecha 17-04-2020
ACUERDO MINISTERIAL No. 072-2018
Guatemala, 5 de febrero de 2018
LOS MINISTERIOS DE ECONOMÍA; AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN; Y FINANZAS PÚBLICAS
Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Ley del Organismo Ejecutivo el Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, los Ministerios de Economía; Agricultura, Ganadería y Alimentación; y Finanzas Públicas, entre sus funciones sustantivas tienen asignadas competencia para garantizar la seguridad del comercio interno y externo, atender los asuntos concernientes al régimen jurídico que rige la producción agrícola y lo relacionado al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo la recaudación y administración de los ingresos fiscales, respectivamente, formulando de conformidad con la ley las políticas necesarias para su correcto cumplimiento.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los derechos y obligaciones adquiridos por Guatemala como Miembro de la Organización Mundial del Comercio -OMC-, y según lo establecido por el Consejo de Ministros de Integración Económica -COMIECO-, en la Resolución mediante la cual se aprobó para Guatemala el contingente arancelario de frijol negro; es necesario por ser de interés público, dar a conocer el normativo para la aplicación y administración de este contingente arancelario.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que les asignan los Artículos 22, 23, 25 27, 29, 32 y 35 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República,
ACUERDAN:
APROBAR EL NORMATIVO PARA LA APLICACIÓN DEL CONTINGENTE ARANCELARIO DE FRIJOL NEGRO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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