ACUERDO GUBERNATIVO 12-2018
Se Acuerda Aceptar A Favor Del Estado La Donación Que Hace La Municipalidad De Morales, Departamento De Izabal, De Un Terreno Ubicado En La Lotificación Santa Bárbara, Para La Construcción Y Funcionamiento Del Centro De Atención Permanente.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 12-2018
Guatemala, 2 de febrero de 2018
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, la Ley del Organismo Ejecutivo indica que al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, dentro del Expediente Número 2016-94486, opinó de manera favorable respecto a la aceptación de la donación a favor del Estado y su adscripción al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, que hace la municipalidad de Morales, departamento de Izabal, de una fracción de terreno de 38,004.98 metros cuadrados de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo el número 83, folio 83 del libro 82 de Izabal, para la construcción y funcionamiento del Centro de Atención Permanente, ubicado en la Lotificación Santa Bárbara de esa jurisdicción municipal, habiéndose agotado el procedimiento administrativo correspondiente; por lo que es conveniente emitir la disposición legal, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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