ACUERDO GUBERNATIVO 190-2017
Se acuerda desmembrar a favor de la municipalidad de Santa lucia Cotzumalguapa, Escuintla, una fracción de terreno ubicada en el parcelamiento El socorro, destinada para la construcción de un pozo mecánico.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 190-2017
Guatemala, 23 de agosto de 2017
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, la Ley del Organismo Ejecutivo indica que al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, a través del expediente número 2016-72612, opinó de manera favorable sobre la viabilidad de desmembrar a favor del Estado y su adscripción a la Municipalidad de Santa Lucía Cotzumalguapa, departamento de Escuintla, una fracción de terreno de 1,089.24 metros cuadrados que forma parte de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo el número 144, folio 144 del libro 1 de Transformación Agraria, propiedad de la Nación, en virtud que será destinada para el proyecto de construcción y funcionamiento de un pozo mecánico y tanque elevado para distribución de agua potable a los vecinos del Parcelamiento El Socorro de esa jurisdicción municipal, por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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