ACUERDO  13-2017

Se autoriza por intermedio del Taller Nacional de Grabados en Aceros, cumplidas las formalidades y bajo su absoluta responsabilidad, se imprima hojas de papel Sellado Especial para Protocolos.


ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 13-2017

El Secretario del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria, CERTIFICA: Que ha tenido a la vista el Acuerdo de Directorio Número 13-2017, emitido por este Órgano Colegiado en su sesión del viernes 02 de junio del año 2017, en el punto número 10, del Acta número 35-2017, que textualmente dice:


"ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 13-2017


EL DIRECTORIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA


CONSIDERANDO

Que el artículo 23 del Decreto Número 37-92, del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, faculta a la Superintendencia de Administración Tributaria para que se encargue de la fabricación, control, distribución y venta de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos; así como para modificar las características de los mismos, adaptándolos a nuevos métodos y técnicas de producción y utilización, para lo cual podrá celebrar contratos de suministros con entidades nacionales o extranjeras.


CONSIDERANDO

Que derivado de la resolución de la Corte de Constitucionalidad, la cual decreta la suspensión temporal del Acuerdo de Directorio 06-2017, emitido por el Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria y con el objeto de evitar la escasez de Papel Sellado Especial para Protocolos y en aras de buscar, desde su competencia, el logro del bien común mediante medidas que brinden legalidad y seguridad en los negocios jurídicos que se plasmen en el Papel Sellado Especial para Protocolos, es imperativo determinar las características para su producción.


POR TANTO

En el ejercicio de las funciones que le confiere los artículos 3 literales a), d), h) e i) y 7 literales a) y o) del Decreto Número 1-98 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria; 23 del Decreto 37-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos; el artículo 16 numerales 1) y 15) del Acuerdo de Directorio Número 007-2007, Reglamento Interno de la Superintendencia de Administración Tributaria.


ACUERDA:

 
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