ACUERDO GUBERNATIVO  81-2017

Se acuerda Desmembrar a favor del estado, dos fracciones de terreno, ubicados en el departamento de Alta Verapaz, las cuales se destinarán al Fondo de Tierras.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 81-2017

Guatemala, 4 de mayo de 2017


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, la Ley del Organismo Ejecutivo indica que al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.


CONSIDERANDO

Qué la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente 2012-14355 (Ref. G-1388-2008), opinó de manera favorable respecto a la desmembración a favor del Estado, de una fracción de terreno de 402,244.445 metros cuadrados de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central bajo el número 6095, folio 134 del libro 106 de Alta Verapaz, y una fracción de terreno de 324,819.101 metros cuadrados de la finca rústica inscrita en dicho Registro bajo el número 2143, folio 140 del libro 9 de Alta Verapaz, ambas propiedad del Estado, para que el Fondo de Tierras pueda disponer de las fincas nuevas que se generen y cumpla con las funciones propias de su naturaleza; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 35 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA

 
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