ACUERDO GUBERNATIVO 2-2017
Se adscribe a favor del Ministerio de Salud Pública y asistencia social, una fracción de terreno ubicada en departamento de Retalhuleu, con destino para el centro de salud de dicha jurisdicción.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 2-2017
Guatemala, 6 de enero de 2017
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, a través del expediente 2013-5315 (Ref. M-2653-2011), opinó de manera favorable respecto a la desmembración a favor del Estado y su adscripción al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, de una fracción de terreno de 3,386.8159 metros cuadrados que forma parte de la finca urbana inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad, bajo el numero 8244, folio 168 del libro 44 de Retalhuleu, con destino al Centro de Salud, ubicada en la 3a. avenida entre 5a. y 6a. calle, zona 1, municipio y departamento de Retalhuleu; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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