ACTA MUNICIPAL  91-2016.9

Se acuerda Condonar el 50% la deuda que poseen los propietarios del transporte, inquilinos del mercado, propietarios de establecimientos abiertos al público y otros usuarios del servicio municipal de Patzún, departamento de Chimaltenango.


ACTA NÚMERO 91-2016 PUNTO NOVENO


EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE PATZÚN DEL DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO.


CERTIFICA:

Tener a la vista el Libro de Actas ordinarias del Concejo Municipal, que se lleva en esta Municipalidad, en el cual se encuentra el Acta Número noventa y uno guión dos mil dieciséis (91-2016) de fecha catorce de noviembre del año dos mil dieciséis. Se encuentra el punto NOVENO: El que copiado literalmente dice:

NOVENO: El Concejo Municipal del Municipio de Patzún, Departamento de Chimaltenango; CONSIDERANDO: Que podrá resolver con el voto favorable de las dos terceras partes (2/3) del total de los miembros que lo integran, la condonación o la rebaja de multas y recargos por falta de pagos de tasas, otras contribuciones y derechos, siempre que lo adeudado se cubra en el tiempo que se señale. CONSIDERANDO: Que el perdón de la deuda hecha por el acreedor y aceptada por el deudor, extingue la obligación; CONSIDERANDO: Que se ha hecho una revisión de la morosidad en el Sistema SIAF-MUNI que se lleva en la Dirección Financiera-DAFIM- de esta Municipalidad, encontrando que al mes de noviembre del año en curso, los propietarios del transporte colectivo que incluye buses, microbuses, taxis estacionarios/rotativos, vehículos de carga/fletes, mototaxis, inquilinos del mercado, propietarios de establecimientos abiertos al público, usuarios del servicio de agua/Drenaje, adeudan una cantidad considerable en concepto de Tasas y Rentas, afectando los ingresos propios de esta Institución, en virtud que dichos fondos son los que sirven para el buen funcionamiento municipal; POR TANTO: En uso de las facultades que le confieren los artículos 1, 2, 4, 253, 254, 255, 259, 260, 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículo 105 segundo párrafo del Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal Reformado y por unanimidad de votos; ACUERDA:

 
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