RESOLUCIÓN  RES-SAT-DSI-362-2016

Se resuelve habilitar los anexos de la Aduana de Vehículos y la Aduana Central así como otros recintos para resguardar mercancías decomisadas y en deposito, que serán objeto de subasta.


RESOLUCIÓN NÚMERO RES-SAT-DSI-362-2016


EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el Decreto número 1-98 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria, es objeto de la Superintendencia de Administración Tributaria, ejercer con exclusividad las funciones de Administración Tributaria contenidas en la legislación de la materia y administrar el sistema aduanero de la República de conformidad con la ley, los convenios y tratados internacionales ratificados por Guatemala, y ejercer las funciones de control de naturaleza paratributaria o no arancelaria, vinculadas con el régimen aduanero;


CONSIDERANDO:

Que la Superintendencia de Administración Tributaria, mediante la Resolución número SAT-S-127-2013 de fecha veintidós de enero de dos mil trece, habilitó como Aduana Central, Aduana de Vehículos y Área de Remates, el inmueble ubicado en la veintiséis (26) calle siete guión veinticinco (7-25) zona once (11) del municipio de Guatemala, del departamento de Guatemala, para el almacenamiento de mercancías y vehículos bajo control aduanero, así como los que han caído en abandono o se encuentran en calidad de comiso o en depósito por orden de juez competente;


CONSIDERANDO:

Que las áreas habilitadas conforme la resolución número SAT-S-127-2013, actualmente son insuficientes para ejercer adecuado control de mercancías bajo custodia de la Superintendencia de Administración Tributaria, siendo necesario ampliarlas; y que, es propicia la cesión y transferencia de la propiedad a favor de la SAT, de las fracciones de terreno identificadas en el Acuerdo Gubernativo No.31-2016 publicado en el Diario de Centro América en 15 de enero de 2016;


CONSIDERANDO:

Que mediante el Dictamen Conjunto número DCC-SAT-41-2016 de fecha 24 de mayo de 2016, se recomendó al Superintendente de Administración Tributaria emitir la resolución respectiva, donde se habilite como Anexo de la Aduana Central, de la Aduana de Vehículos y Recintos para resguardar Mercancías Decomisadas, en Abandono y en Depósito, sesenta mil catorce punto cinco mil once (60,014.5011) metros cuadrados que forman parte de las dos fracciones de terreno que constituyen la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo el número 3410, folio 410 del libro 347E de Guatemala, ubicada en el kilómetro 7.5 carretera al Atlántico, Lavarreda zona 17, ciudad de Guatemala;

POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 3 literal b), 22 y 23 literales g) y h) del Decreto número 1-98 del Congreso de la República, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria; los artículos 3, 65 literal b) del Decreto número 14-2013 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Nacional de Aduanas; el Acuerdo Gubernativo No. 31-2016 y el artículo 25 numeral 1) del Acuerdo de Directorio número 007-2007, Reglamento Interno de la Superintendencia de Administración Tributaria,


RESUELVE:

 
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