ACUERDO MINISTERIAL 83-2016
Se autoriza al Ministro de culto ALVARO DIONICIO ESCOBAR DE LEÓN, para que pueda celebrar matrimonios con efectos civiles, quedando obligado a cumplir con los requisitos que establece la ley.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 83-2016
Guatemala, 09 de febrero de 2016
EL MINISTRO DE GOBERNACION
CONSIDERANDO:
Que el Ministro de Culto ALVARO DIONICIO ESCOBAR DE LEÓN, solicitó a este Ministerio autorización para celebrar matrimonios con efectos civiles, habiendo cumplido con los requisitos que señala la Ley, como consta en el expediente administrativo identificado con número de Orbis 201509723, por lo que es procedente emitir el presente Acuerdo Ministerial.
CONSIDERANDO:
Que de la solicitud presentada se pronunciaron favorablemente la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio y la Procuraduría General de la Nación. Así mismo el requirente aprobó, por unanimidad, la prueba relacionada con la aplicación, interpretación e integración de las normas que regulan la institución del matrimonio en Guatemala.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 92 y 101 del Código Civil, Decreto Ley número 106; Acuerdo Gubernativo número 263-85, Reglamento para autorizar a los Ministros de Culto debidamente Registrados para la Celebración de Matrimonios con efectos civiles, modificado por los Acuerdos Gubernativos números 409-87 y 222-89; y, A y 7 numeral 4 del Acuerdo Gubernativo número 635-2007, Reglamento Orgánico del Ministerio de Gobernación.
ACUERDA:
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