ACUERDO MINISTERIAL 248-2015
Se acuerda aprobar los manuales descritos por el Ministerio de Finanzas Públicas.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 248-2015
Guatemala, 23 de diciembre de 2015
EL MINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS
CONSIDERANDO:
Que en las funciones establecidas en el artículo 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala, se faculta a los Ministros de Estado para ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su Ministerio; asimismo para dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ramo y velar por el estricto cumplimiento de las leyes.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 34 del Acuerdo Gubernativo 26-2014 Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas, establece que el Departamento de Implementación y Capacitación de la Dirección de Contabilidad del Estado, es responsable de gestionar la implementación estandarizada de los Sistemas de Contabilidad Integrada -Sicoin-, Sistema Informático de Gestión -Siges- y Sistema de Nómina y Registro de Personal -Guatenóminas-en todas las entidades del sector público no financiero, a fin de facilitar la consolidación de los registros y capacitar a los usuarios en el manejo de los sistemas; proponer políticas, normas y procedimientos sobre los aspectos técnicos y administrativos de su competencia.
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Finanzas Públicas con el propósito de fortalecer y apoyar los procesos de gestión en cuanto al manejo del Sistema de Nómina y Registro de Personal -Guatenóminas- considera necesario aprobar los manuales que establecen los procedimientos a seguir para registrar los movimientos de personal de los servidores públicos contratados bajo los renglones presupuestarios 011, 021, 022 que prestan sus servicios en todas las entidades del sector público no financiero, así como el renglón 029 otras remuneraciones del personal temporal.
POR TANTO,
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los artículos 22, 27 literales a) f) y m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA:
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