RESOLUCIÓN  SAT-IAD-10-2015

Disposición administrativa que establece los horarios de atención y los periodos extraordinarios de prestación de servicios en las Aduanas de la República


RESOLUCIÓN NÚMERO SAT-IAD-10-2015


EL INTENDENTE DE ADUANAS

CONSIDERANDO:

Que la Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria, confiere a la SAT la función de administrar el sistema aduanero de la República de conformidad con la ley, los convenios y tratados internacionales ratificados por Guatemala, asi como de establecer normas internas que garanticen el cumplimiento de las leyes y reglamentos en materia tributaria;


CONSIDERANDO:

Que el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA) establece en el artículo 60 que el ingreso o salida de personas, mercancías y medios de transporte del territorio aduanero, debe efectuarse por los lugares y en los horarios habilitados, debiendo presentarse ante la Autoridad Aduanera competente y cumplir las medidas de control vigentes. Por su parte, el artículo 233 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA) dispone que dicho ingreso y salida sólo puede efectuarse por los lugares, las rutas y los horarios habilitados por el Servicio Aduanero.


CONSIDERANDO:

Que es imperioso determinar los horarios de prestación de los servicios aduaneros en cada uno de los puestos fronterizos, puertos marítimos y aeropuertos del país, así como de las aduanas interiores, con el objeto que las personas que intervienen en las operaciones de comercio exterior tengan certeza sobre los periodos de prestación de los referidos servicios, en función de lo cual es necesario emitir la correspondiente disposición administrativa.


POR TANTO:

Con fundamento en lo establecido en los artículos 3 literales b) y j); y 31 del Decreto número 1-98 del Congreso de la República, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria; 26 y 31 del Acuerdo de Directorio número 007-2007, Reglamento Interno de la Superintendencia de Administración Tributaria; 60 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA); y 233 y 235 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA); y en ejercicio de las funciones delegadas según Resolución SAT-S-995-2012 del Superintendente de Administración Tributaria,


RESUELVE:

Emitir la siguiente:


DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA QUE ESTABLECE LOS HORARIOS DE ATENCIÓN Y LOS PERIODOS
EXTRAORDINARIOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS ADUANAS DE LA REPÚBLICA

 
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