ACUERDO GUBERNATIVO 141-2015
Se acuerda desmembrar a favor del Estado una fracción de terreno, propiedad de la Nación, ubicada en el parcelamiento El Jabalí, municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, departamento de Escuintla.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 141-2015
Guatemala, 25 de mayo de 2015
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente 2012-72881 (Ref. M-1760-2011), opinó de manera favorable la desmembración a favor del Estado y su adscripción al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, de una fracción de terreno de 513.41 metros cuadrados que forma parte de la finca rústica inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad, bajo el número 18127, folio 217 del libro 90 de Suchitepéquez, propiedad de la Nación, para que siga funcionando el Puesto de Salud del parcelamiento El Jabalí, municipio de Santa Lucía Cotzumalguapa, departamento de Escuintla; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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