ACUERDO GUBERNATIVO 90-2015
Se adscribe a favor del ministerio de comunicaciones infraestructura y vivienda la finca rustica ubicada en los llanos de Olintepeque, rotonda de la 29 avenida zona 1, plaza tecún Umán, Quetzaltenango.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 90-2015
Guatemala, 2 de marzo de 2015
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente 2012-11792 (Ref. D-2698-2008), opinó de manera favorable la adscripción al Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, de la finca rústica inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad bajo el número 13504, folio 145 del libro 44 de Bienes de la Nación, propiedad del Estado, para que continúe funcionando el derecho de vía del tramo carretero ubicado en los Llanos de Olintepeque, rotonda de la 29 avenida, zona 1, Plaza Tecún Umán, municipio y departamento de Quetzaltenango; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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