ACUERDO GUBERNATIVO 60-2015
Reglamento de evaluación, control y seguimiento ambiental.
*Queda derogado por el ACUERDO GUBERNATIVO 20-2016
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 60-2015
Guatemala, 25 de febrero de 2015
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, establece que corresponde al Estado propiciar el desarrollo social, económico, científico y tecnológico para prevenir la contaminación del medio ambiente y mantener el equilibrio ecológico. Por su parte, la Ley del Organismo Ejecutivo, establece que es competencia del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, formular y ejecutar las políticas relativas a su ramo, cumplir y hacer que se cumpla el régimen concerniente a la conservación, protección, sostenibilidad y mejoramiento del ambiente y los recursos naturales en el país y el derecho humano a un medio ambiente saludable y ecológicamente equilibrado.
CONSIDERANDO
Que mediante el Acuerdo Gubernativo 431-2007 de fecha diecisiete de septiembre de dos mil siete, se emitió el Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental, el cual en la actualidad no se ajusta a la realidad nacional, ni es suficiente para responder a las exigencias de los avances tecnológicos y cambios sociales, sin perjuicio de las obligaciones internacionales contraídas por el Estado de Guatemala. En tal virtud, es necesario dictar la disposición legal correspondiente.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 4, 8, 9, 10, 12 literales a, b, c, g, e, i y 16 del Decreto Número 68-86 del Congreso de la República, Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente; y, 27 literal j) y 29 Bis, del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL
TÍTULO I
ÁMBITO MATERIAL
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