ACUERDO GUBERNATIVO 428-2014
Reformas al Acuerdo Gubernativo 36-2013, Normas para la liquidación y disolución del Fondo Nacional para la Paz
ACUERDO GUBERNATIVO 428-2014
Guatemala, 8 de diciembre de 2014
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que mediante el Acuerdo Gubernativo número 36-2013, del 16 de enero de 2013, se acordaron las Normas para la Liquidación y Disolución del Fondo Nacional para la Paz -FONAPAZ- y su Unidad Ejecutora de Proyectos, así como la Liquidación y Extinción del Fideicomiso "Fondo Nacional para la Paz", con el objeto de instruir y regular las funciones y atribuciones de una Comisión Liquidadora, que permita liquidar y disolver el Fondo Nacional para la Paz -FONAPAZ- y su Unidad Ejecutora de Proyectos, en liquidación, mediante un proceso transparente, público e idóneo para salvaguardar los intereses del Estado y cumplir con las obligaciones legalmente adquiridas, garantizando su prestación, continuidad, eficiencia y eficacia, dentro del marco legal vigente, trasladando las mismas al Ministerio de Desarrollo Social o la dependencia que este designe; además, por virtud de Acuerdo Gubernativo número 11-2014, del 17 de enero de 2014, se incorporaron reformas al primer Acuerdo Gubernativo citado, con el propósito de agilizar y dinamizar el proceso de liquidación, pero dichas reformas no han logrado los resultados esperados.
CONSIDERANDO
Que la Comisión Liquidadora, en cumplimiento de sus atribuciones ha tenido dificultades para ejecutar en forma efectiva y eficiente el proceso de liquidación, esto, derivado de lo amplio y complejo del proceso de liquidación por la intervención de distintos actores interinstitucionales, nacionales e internacionales, lo que hace necesario la modificación y ampliación del Acuerdo Gubernativo de mérito, conforme la planificación y metodología diseñada por la Comisión Liquidadora, en el marco de la política de transparencia, publicidad, probidad y responsabilidad en todos los actos de la administración pública que promueve el Gobierno de la República. Por lo anterior deberá emitirse la disposición legal correspondiente.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículos 1, 2, 4, 5, 6 y 27 literal j), del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
Emitir las siguientes:
REFORMAS AL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 36-2013, DE FECHA 16 DE ENERO DE 2013, NORMAS PARA LA LIQUIDACIÓN Y DISOLUCIÓN DEL FONDO NACIONAL PARA LA PAZ -FONAPAZ- Y SU UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS, ASÍ COMO LA LIQUIDACIÓN Y EXTINCIÓN DEL FIDEICOMISO "FONDO NACIONAL PARA LA PAZ".
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