ACUERDO MUNICIPAL 017-2014
Reglamento de construcción del Municipio de Estanzuela, Departamento de Zacapa.
*Derogado por el numeral romano I), del Acta Municipal Número 033-2024.3
EL CONCEJO MUNICIPAL DE ESTANZUELA, DEPARTAMENTO DE ZACAPA
ACUERDO MUNICIPAL No. 017-2014
CONSIDERANDO:
Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su Jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 68 inciso m) del Código Municipal establece que es una competencia propia del municipio la autorización de licencias de construcción, modificación y demolición de obras, públicas o privadas, en la circunscripción del municipio y que en el municipio de Estanzuela, es necesario actualizar la normativa que regula el procedimiento que sigue la Municipalidad y los requisitos que deben cumplir los interesados para obtener las licencias de construcción.
POR TANTO:
Con fundamento en los artículos 253, 254, 255, 259 de la Constitución Política de la República de Guatemala, y 1, 2, 3, 6, 7, 9, 33, 35, 68 inciso m), 142 al 171 del Código Municipal, el Concejo Municipal por unanimidad
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN DEL MUNICIPIO DE ESTANZUELA, DEPARTAMENTO
DE ZACAPA
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y DE LA LICENCIA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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