ACUERDO MINISTERIAL 152-2014
Instructivo para la convocatoria del Grupo de reacción inmediata, ante un posible caso de cierre de empresa que reciben los beneficios otorgados por el Decreto 29-89
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 152-2014
Guatemala, 22 de octubre de 2014
EL MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
CONSIDERANDO
Que de conformidad con los compromisos adquiridos por el Gobierno de Guatemala, en el denominado "Plan de Ejecución", firmado el día veintiséis de abril del año dos mil trece, se acuerda establecer el Grupo de Reacción inmediata y que se hace necesario complementar las normas contenidas en el Acuerdo Ministerial Número 111-2013 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, instructivo para Atender casos de Cierre de una Empresa o Centros de Trabajo sin el respectivo pago de las prestaciones laborales.
CONSIDERANDO
Que para la determinación de cierres o disolución de empresas con beneficios otorgados por el Decreto Número 29-89 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila, es necesario que la Inspección General de Trabajo verifique, y solicite al Ministro de Trabajo la conformación del Grupo de Reacción Inmediata, para prevenir y asegurar el pago de remuneraciones debidas a los trabajadores.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y lo que para el efecto establecen los Artículos 194 inciso a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, lo convenido en el Plan de Ejecución acordado entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de Guatemala, denominado "Plan de Ejecución", Articulo 274 del Decreto Número 1441 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Trabajo; Artículo 27 inciso f) y m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA:
INSTRUCTIVO PARA LA CONVOCATORIA DEL GRUPO DE REACCIÓN INMEDIATA (GRI), ANTE UN POSIBLE CASO DE CIERRE DE EMPRESA QUE RECIBEN LOS BENEFICIOS OTORGADOS POR EL DECRETO NUMERO 29-89 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, LEY DE FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD EXPORTADORA Y DE MAQUILA.
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