ACUERDO GUBERNATIVO 378-2014
Se aprueba la Política Pública de Reparación a la Comunidades Afectadas por la Construcción de la Hidroeléctrica Chixoy.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 378-2014
Guatemala, 3 de noviembre de 2014
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que el Estado se organiza para proteger a la persona y a la familia, siendo su fin supremo la realización del bien común y que es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la paz y el desarrollo integral de la persona.
CONSIDERANDO
Que para el cumplimiento de los deberes arriba enunciados, el régimen económico social de la República, se funda en principios de justicia social, por lo que en función del principio de equidad, el Estado puede establecer políticas preferenciales hacia las personas o grupos que por circunstancias históricas o estructurales se encuentren en desventaja o situación de vulnerabilidad respecto a la colectividad.
CONSIDERANDO
Que en virtud que se ha presentado para su aprobación el contenido de la Política Pública de Reparación a las Comunidades Afectadas por la Construcción de la Hidroeléctrica Chixoy, cuyos derechos humanos fueron vulnerados, y de esa manera promover los mecanismos que permitan alcanzar el desarrollo humano, social, económico y cultural de las comunidades afectadas por la construcción de la misma, se hace necesario emitir la presente disposición gubernativa para que la misma sea cumplida en el plazo comprendido durante los años 2015 al 2029.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que confiere el artículo 183 literal e) y 195 de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los artículos 4, 16, 17 literal a), 23 y 27 literal j) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.
EN CONSEJO DE MINISTROS
ACUERDA
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