ACUERDO GUBERNATIVO 243-2014
Se acuerda aceptar la donación de derechos posesorios que a título gratuito, hace la municipalidad de San Pedro Sacatepéquez, departamento de San Marcos.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 243-2014
Guatemala, 30 de julio de 2014
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente 2013-7797 opinó de manera favorable la aceptación de la donación a favor del Estado y su adscripción al Ministerio de Gobernación, de una fracción de terreno de 1,784.95 metros cuadrados, carente de registro, que acordó la municipalidad de San Pedro Sacatepéquez, departamento de San Marcos, a través del punto sexto del acta número 002-2013 de fecha 03 de enero de 2013 y su ampliación contenida en el punto décimo sexto del acta número 068-2013 de fecha 10 de junio de 2013, para que se lleve a cabo la construcción del edificio de la Comisaría de la Policía Nacional Civil en dicho inmueble que se encuentra ubicado en la 1a avenida "A" 4-64, zona 2 del municipio de San Pedro Sacatepéquez, departamento de San Marcos, y al haberse cumplido con el procedimiento señalado en el Decreto Ley 141-85 del Jefe de Estado; es procedente aprobar las diligencias de inscripción de la posesión del citado inmueble; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; 2 literal c) del Decreto Ley número 141-85 del Jefe de Estado.
ACUERDA
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