ACUERDO GUBERNATIVO  210-2014

Se acuerda aprobar la ampliación del Presupuesto de Ingresos del Instituto de Previsión Militar (IPM), correspondiente al Ejercicio Fiscal 2014.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 210-2014

Guatemala, 9 de julio de 2014


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo preceptuado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;


CONSIDERANDO:

Que el Instituto de Previsión Militar (IPM), solicitó autorización para ampliar su Presupuesto de Ingresos y Egresos correspondiente al Ejercicio Fiscal 2014, con recursos provenientes de saldos de caja, con el propósito de completar la disponibilidad financiera que permitirá cubrir compromisos de pago de jubilaciones y aguinaldo a oficiales y especialistas; así como, el aporte a la Contraloría General de Cuentas, derivado de la presente ampliación;


CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento, establecen que las ampliaciones de los presupuestos de las entidades descentralizadas se realizarán por medio de Acuerdo Gubernativo, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas;


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo que establece el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículos 13,29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las autoridades del Instituto de Previsión Militar (IPM), serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta de los créditos aprobados con el presente Acuerdo;


CONSIDERANDO:

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen número 374 de fecha 03 JUL. 2014 emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución número 207 de fecha 04/07/2014 del Ministerio de Finanzas Públicas;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literales e) y q); lo que indica el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y, lo que establece el Acuerdo Gubernativo número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 44;


ACUERDA:

 
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