ACUERDO GUBERNATIVO 142-2014
Se acuerda REGLAMENTO GENERAL PARA EL PERSONAL DE ESPECIALISTAS DEL EJÉRCITO DE GUATEMALA.
ACUERDO GUBERNATIVO 142-2014
Guatemala, 14 de abril de 2014
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que conforme al Decreto número 72-90 Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala, son Especialistas Militares, las personas que causen alta en el Ejército de Guatemala en forma optativa para laborar en su especialidad, a quienes se les otorgarán los grados que la Escala Jerárquica Militar establece, de conformidad con el Reglamento respectivo.
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo Gubernativo de fecha 15 de mayo de 1981, el Presidente de la República en su carácter de Comandante General del Ejército, emitió el Reglamento para Especialistas del Ejército de Guatemala; instrumento que de acuerdo al tiempo transcurrido, así como el papel que desarrolla el Ejército de Guatemala, ya no se ajusta a las necesidades y cambios estructurales de su doctrina y filosofía; en tal sentido, es preciso contar con una nueva normativa que de forma práctica, fortalezca y desarrolle las normas aplicadas en el quehacer del personal de Especialistas, para sustentar los principios de disciplina y obediencia que rigen y fundamentan la existencia del Ejército de Guatemala, por lo que se hace necesario emitir la norma reglamentaria correspondiente.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183, literales c) y e) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en el artículo 250 de la citada Ley Suprema; Artículos 6, 95, 96 y 98 del Decreto número 72-90 Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala.
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO GENERAL PARA EL PERSONAL DE ESPECIALISTAS DEL EJÉRCITO DE GUATEMALA
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
DEL ESPECIALISTA
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