ACUERDO MINISTERIAL 003-2014
Se acuerda crear el "Comité Nacional de Oncocercosis", que en adelante se denominará el Comité; cuyo objeto es fortalecer, coordinar e integrar todas las acciones orientadas a la eliminación de la Oncocercosis en Guatemala.
ACUERDO MINISTERIAL No. 003-2014
Guatemala, 23 de enero de 2014
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia, así mismo velará por la salud y la asistencia social de todos los habitantes, para lo cual desarrollará a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social; así mismo es obligación del Estado proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna, con el fin de lograr el desarrollo integral de la persona.
CONSIDERANDO:
Que el Código de Salud establece la obligación de velar por la salud de los habitantes y manteniendo los principios de equidad, solidaridad y subsidiaridad, desarrollará a través del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y en coordinación con las instituciones estatales, entidades descentralizadas y autónomas, comunidades organizadas y privadas, acciones de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud, así como las complementarias pertinentes, a fin de procurar a los guatemaltecos el más completo bienestar físico, mental y social. Con esta finalidad el Estado, a través del Ministerio de Salud Pública y demás instituciones públicas, velará porque se garantice la prestación del servicio de salud a toda persona guatemalteca, en forma gratuita.
CONSIDERANDO:
Que el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social establece que el Departamento de Regulación de los Programas de Atención a las Personas debe participar en el análisis permanente de la situación de salud y en la identificación de las prioridades de salud: por lo que se hace necesario la creación del Comité Nacional de Oncocercosis integrado por diferentes entidades gubernamentales, instituciones estatales, descentralizadas, autónomas, semiautónomas, privadas, nacionales e internacionales para cumplir con los fines propuestos, por lo que el presente Acuerdo Ministerial constituye un instrumento de interés social.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren las literales f) del Artículo 194, de la Constitución Política de la República de Guatemala; literales ni) del Artículo 27 de la Ley del Organismo Ejecutivo; literales a), f) y g) del Artículo 17 del Código de Salud e inciso e) y h) del Artículo 31 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
ACUERDA:
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