ACUERDO  02-2014

Se acuerda reformar el articulo 2 del acuerdo de Directorio 141-2013 de fecha 23/08/2013.

Derogado por el Acuerdo 59-2014


REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 02-2014


EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS -RENAP-


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 1 del Decreto número 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas, Ley del Registro Nacional de las Personas, se creó el Registro Nacional de las Personas, en adelante RENAP, como una entidad autónoma, de derecho público, con personalidad jurídica, patrimonio propio y plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones;


CONSIDERANDO:

Que la ley citada, determina que el Directorio del Registro Nacional de las Personas, es competente para realizar todas aquellas atribuciones que sean compatibles con su naturaleza de máxima autoridad de la Institución y que se estime contribuirán a su mejor funcionamiento, asimismo promover medidas que tiendan al fortalecimiento del RENAP y el cumplimiento de sus objetivos y funciones en relación a los actos propios de la Institución;


CONSIDERANDO:

Que el Directorio del Registro Nacional de las Personas, en el punto SEXTO: PUNTOS VARIOS, literal B). del Acta número cero cuatro guión dos mil catorce (04-2014), de la sesión de fecha trece de enero de dos mil catorce, por decisión unánime acordó que en tanto no se resuelva el tema del DPI en el extranjero y para tener fondos que sirvan para prestar de mejor forma las funciones del RENAP, debe presentarse la certificación de nacimiento, para obtener el DPI en la República de Guatemala, lo que hace procedente reformar el articulo 2 del Acuerdo de Directorio número ciento cuarenta y uno guión dos mil trece (141-2013), de fecha veintitrés de agosto de dos mil trece.


POR TANTO:

Con base en lo considerado, normas citadas y en el uso de las facultades que le confiere el articulo 15 literales c) y o), del Decreto número 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas, Ley del Registro Nacional de las Personas,


ACUERDA:

 
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