ACTA 66-2013.2
Reglamento de Nomenclatura de Vías Públicas y Espacios abiertos al Publico del Municipio de Chimaltenango
ACTA NÚMERO 66-2013 PUNTO SEGUNDO
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHIMALTENANGO,
DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO.
CERTIFICA: Tener a la vista el Libro de Actas de Sesiones Ordinarias Número: Cuarenta y Ocho (48) del Concejo Municipal, en el cual aparece el Acta Número: SESENTA Y SEIS GUION DOS MIL TRECE (66-2,013), de fecha Quince de Agosto del Dos Mil Trece (15-08-2,013), la cual contiene el punto SEGUNDO: Que Copiado literalmente dice.
SEGUNDO: El Honorable Concejo Municipal del Municipio de Chimaltenango del Departamento de Chimaltenango:
CONSIDERANDO:
Que es obligación de las autoridades municipales emitir normas y procedimientos internos que contribuyan a dar mayor consistencia, agilidad y efectividad a la gestión municipal;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 34 del Código Municipal, El Concejo Municipal debe emitir su propio reglamento interno de organización y funcionamiento, los reglamentos y ordenanzas para la organización y funcionamiento de sus oficinas, así como el reglamento de viáticos y demás disposiciones que garanticen la buena marcha de la administración municipal.
POR TANTO:
Con base en lo preceptuado en la Constitución Política de la República de Guatemala, en el artículo 253, literal c), el Código Municipal, Decreto No. 12-2002, en el artículo 34 y 35 literales i), j), y k).
ACUERDA:
I). Aprobar el REGLAMENTO DE NOMENCLATURA DE VÍAS PÚBLICAS Y
ESPACIOS ABIERTOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE CHIMALTENANGO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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