ACTA MUNICIPAL 34-2013.5
Se acuerda dejar sin efecto el artículo 1.2.9 de vehículos destruidores comerciales de producto, aprobado en el Plan de tasas en la Municipalidad de San Martín Jilotepeque, Departamento de Chimaltenango.
ACTA NÚMERO 34-2013
PUNTO DECIMO QUINTO
El Infrascrito Secretario de la Municipalidad de San Martín Jilotepeque, del Departamento de Chimaltenango,
CERTIFICA:
Que para el efecto tiene a la vista el LIBRO NUMERO 11 DE ACTAS ORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, en el que se encuentra asentada el Acta treinta y cuatro guión dos mil trece (34-2013) de fecha 21/08/2013 que copiada en el punto DECIMO QUINTO: literalmente dice:
DECIMO QUINTO: De acuerdo a la nota numero SAAF-134-2013 del Instituto de Fomento Municipal, donde manifiesta en el inciso 3 que el cobro por ingreso al municipio, no debe realizarse debido a que la constitución de la República de Guatemala en su artículo 26 establece que toda persona tiene libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional, sin más limitaciones que las establecidas por la ley, El Concejo Municipal, por unanimidad ACUERDA:
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