ACUERDO GUBERNATIVO 256-2013
Se acuerda crear la comisión Nacional de Coordinación de Contaminantes Orgánicos Persistentes (CNC-COP).
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 256-2013
Guatemala, 26 de junio, de 2013
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico; y para el efecto se deben dictar las normas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y del agua, se realicen racionalmente, evitando su depredación; y que de acuerdo a lo establecido en la Ley del Organismo Ejecutivo, corresponde al Estado de Guatemala, a través del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales; cumplir y hacer que Se cumpla el ordenamiento jurídico ambiental, específicamente, el régimen concerniente a la conservación, protección, sostenibilidad y mejoramiento del ambiente y los recursos naturales en el país; así como tutelar el derecho humano a un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado.
CONSIDERANDO.
Que el Estado de Guatemala suscribió el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP). el veintinueve de enero del dos mil dos: aprobado por el Congreso de la República de Guatemala, a través del Decreto número 60-2007 del Congreso de la República del catorce de noviembre del dos mil siete, ratificado por el Presidente de la República de Guatemala, el veintidós de abril del dos mil ocho, el cual señala como objetivo fundamental la protección de la salud humana y el medio ambiente de los contaminantes orgánicos persistentes; y que el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales fue designado como Centro Nacional de Coordinación para el intercambio de información, relativo a la reducción o eliminación de la producción, utilización y liberación de contaminantes orgánicos persistentes a través del Acuerdo Gubernativo número 284- 2008 del tres de noviembre de dos mil ocho, lo que hace necesaria la creación de un órgano interinstitucional que sirva de apoyo para el cumplimiento del Convenio de Estocolmo.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los artículos 5 y 27 literales j) y k) de la Ley del Organismo Ejecutivo. Decreto Número 114-97 del Congreso de la República
ACUERDA:
Crear la Comisión Nacional de Coordinación de Contaminantes Orgánicos Persistentes (CNC-COP).
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