ACUERDO MINISTERIAL  379-2013

Se acuerda publicar la resolución No. 310-2013 (COMIECO-LXV) de fecha 21-06-2013.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 379-2013

Guatemala, 27 de junio de 2013


EL MINISTRO DE ECONOMIA


CONSIDERANDO:

Que conforme a los términos del artículo 55, numerales 6 y 7 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala- las Resoluciones emitidas por el Consejo de Ministros de Integración Económica entrarán en vigor en la fecha en la cual se adopten, salvo que en las mismas se señale otra fecha, debiendo publicarse por los Estados Parte;


CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 310-2013 (COMIECO-LXV) de fecha 21 de junio de dos mil trece, el Consejo de Ministros de Integración Económica establece un período de transición máximo de dos meses a partir de la fecha de la Resolución 310-2013 para la adecuación de los sistemas, procedimientos, documentación y demás elementos que faciliten la aplicación de las disposiciones relativas al intercambio comercial entre Panamá y los demás Estados Parte del Subsistema de Integración Económica Centroamericana.


POR TANTO,

En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 27, literal m) del Decreto 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo,


ACUERDA:

 
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