ACUERDO MINISTERIAL  877-2012

Se acuerda regularizar los programas de atención a las personas, del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.


ACUERDO MINISTERIAL No. 877-2012

Guatemala, 18 de octubre de 2012


EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece entre las funciones de los Ministros de Estado: Ejercer Jurisdicción sobre todas las dependencias de su ministerio; dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio;


CONSIDERANDO:

Que en base a la facultad del Ministro del ramo de dictar los acuerdos, resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo, conforme la ley, se emite el presente Acuerdo Ministerial que unifica las disposiciones legales que norman la dirección y el funcionamiento de los Programas para la atención de las personas y siendo que éste regula por completo la materia considerada, se deroga totalmente el Acuerdo Ministerial 461-2012 de fecha trece junio del año dos mil doce. El presente Acuerdo Ministerial contiene las disposiciones legales consideradas necesarias y de interés para el Estado;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los Artículos 27 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República Ley del Organismo Ejecutivo y 9 literal a) y 17 literales d) y f) del Decreto No. 90-97 del Congreso de la República, Código de Salud;


ACUERDA:

La siguiente:


REGULARIZAR LOS PROGRAMAS DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS,
DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL

 
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