ACUERDO MINISTERIAL  208-2012

Se reforma el artículo 2 del Acuerdo Ministerial 10-2003, que creó la "Comisión de Calificación de Posturas de Títulos-Valores Públicos"

*Derogado por el artículo 8 del Acuerdo Ministerial 313-2014


ACUERDO MINISTERIAL No. 208-2012

Guatemala, 22 de octubre de 2012


EL MINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS


CONSIDERANDO:

Que por medio del Acuerdo Ministerial número 10-2003 de fecha 25 de marzo de 2003, se creó la "Comisión de Calificación de Posturas de Títulos-Valores Públicos", la cual tiene por objeto conocer, evaluar y adjudicar o no las demandas presentadas para la adquisición de títulos-valores públicos que emita el Estado de Guatemala, a través del Ministerio de Finanzas Públicas, ya sea en quetzales o en moneda extranjera. Dicho Acuerdo fue reformado por el Acuerdo Ministerial número 78-2010, de fecha 25 de octubre de 2010.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el contenido de la literal a. del artículo 2 del Acuerdo Ministerial número 10-2003, reformado por el artículo 1 del Acuerdo Ministerial número 78-2010, el Viceministro de Administración Financiera presidirá "La Comisión", y si por cualquier circunstancia el Viceministro no pudiera participar en la reunión de "La Comisión", o bien funja en su calidad de encargado del Despacho Ministerial, integrará "La Comisión" y presidirá entre otras personas, el Viceministro de Transparencia Fiscal y Evaluación; asimismo, regula en la literal f. del citado articulo, que integrará la Comisión el Director o Subdirector de la Dirección de Análisis y Evaluación Fiscal.


CONSIDERANDO:

Que por medio del Acuerdo Gubernativo número 135-2012 de fecha 4 de julio de 2012, se reformó el Acuerdo Gubernativo número 394-2008 de fecha 23 de diciembre de 2008, que contiene el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas, creándose el Viceministerio de Ingresos y Evaluación Fiscal, la Dirección de Análisis Financiero y la Dirección de Evaluación Fiscal, en sustitución del Viceministerio de Transparencia Fiscal y Evaluación, de la Dirección de Transparencia Fiscal y de la Dirección de Análisis y Evaluación Fiscal, respectivamente. Debido a las atribuciones que se asignaron a la Dirección de Análisis Financiero es necesario que se designe al Director o Subdirector de la misma como integrante de la referida Comisión, en sustitución del Director o Subdirector de la Dirección de Análisis y Evaluación Fiscal, actualmente Dirección de Evaluación Fiscal; razón por la cual es procedente emitir el instrumento respectivo, a efecto de modificar las literales a. y f. del articulo 2 del Acuerdo Ministerial número 10-2003.


POR TANTO:

Con base a lo considerado y en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 194 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; articulo 27 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo y articulo 9 numeral 4 del Acuerdo Gubernativo número 394-2008, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas y sus reformas.


ACUERDA:

 
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