ACUERDO MINISTERIAL  2025-2012

Se acuerda que el Ministerio de Educación programará y ejecutará el Ejercicio Fiscal 2012, las subvenciones a favor de los Institutos de Educación por Cooperativa de Enseñanza.


ACUERDO MINISTERIAL No. 2025-2012

Guatemala, 13 de julio de 2012


LA MINISTRA DE EDUCACIÓN


CONSIDERANDO:

Que, el Decreto número 17-95 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Institutos de Educación por Cooperativa de Enseñanza, tiene como finalidad impulsar formas alternativas de enseñanza, por tal motivo señala mecanismos para lograr que más guatemaltecos tengan acceso a la educación y formación integral.


CONSIDERANDO:

Que la "Ley de Institutos de Educación por Cooperativa de Enseñanza" ha sido objeto de reformas; la última de ellas, contenida en el Decreto 55-2007 del Congreso de la República, determina el monto mínimo de recursos financieros que el Ministerio de Educación debe erogar por grado o sección, facultándolo para que amplíe dicho monto, dependiendo de la asignación establecida para el Ministerio de Educación en el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado de cada año.


CONSIDERANDO:

Que en tanto el Acuerdo Ministerial número 1722-2012, de fecha 18 de junio de 2012, derogó expresamente todos los reglamentos emitidos por el Ministerio de Educación que desarrollaban lo relativo a la Educación por Cooperativa de Enseñanza, deviene necesario reglamentar lo relativo al monto de recursos financieros que el Ministerio de Educación erogará por grado o sección en dichos Centros Educativos que cumplan con los requisitos que señala la ley.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a), e), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala y lo dispuesto en los artículos 8 y 25 del Decreto número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional; 23 y 27, literales a), f) y m) y 33 literal a) del Decreto número 114-97, del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo y artículo 3 del Decreto número 17-95 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Institutos de Educación por Cooperativa de Enseñanza.


ACUERDA:

 
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