ACUERDO MINISTERIAL  220-2012

Se reforma el Acuerdo Ministerial 155-2008, creación del "Bono de Transporte", exclusivo para los trabajadores del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 220-2012

Guatemala, 26 de julio de 2012


EL MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con a Constitución Política de la República de Guatemala, los Ministros deben ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de sus respectivos Ministerios, velando así mismo por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad administrativa y correcta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo.


CONSIDERANDO:

Que el Artículo 40 del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo, suscrito entre el Ministerio de Trabajo Y Previsión Social y los Sindicatos de Trabajadores del Ministerio de Trabajo y Previsión Social SITRAMITRAPS y 20 DE OCTUBRE, superó la asignación del monto del Bono de Transporte, contenidos en el Acuerdo Ministerial 155-2008 de fecha 2 de julio de 2008 y su reforma, en consecuencia se incrementó en SETECIENTOS QUETZALES (Q700.00) mensuales, para un total de UN MIL DOSCIENTOS QUETZALES (Q1,200.00) mensuales, por lo que se hace necesario emitir la disposición legal que permita la implementación de dicha prestación.


CONSIDERANDO:

Que a través de la resolución número 129-2012 del treinta de mayo de dos mil doce se homologó el Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo celebrado entre el Ministerio de Trabajo Y Previsión Social y los Sindicatos de Trabajadores del Ministerio de Trabajo y Previsión Social SITRAMITRAPS y 20 DE OCTUBRE suscrito el dieciséis de mayo de dos mil doce, y por medio de resolución número 157-2012 de fecha veinticinco de junio de dos mil doce se homologó su adendum suscrito el veintiuno de junio de dos mil doce.


CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Finanzas Públicas, a través de Resolución número 209 de fecha veintiséis de julio de dos mil doce y la Oficina Nacional de Servicio Civil en Resolución número D-2012-0578 REF. APRA/2012-I-094 de fecha veintitrés de julio de dos mil doce, declararon procedente dicha acción en los aspectos presupuestarios y técnicos respectivamente.


POR TANTO:

Con base a lo considerado y lo que para el efecto establecen los Artículos 194 incisos f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales f) y m) del Decreto número 114-97 Ley del Organismo Ejecutivo; 1 y 2 del Decreto 59-95, Ley de Consolidación Salarial, ambos del Congreso de la República; y, 3 del Acuerdo Gubernativo 518-2011 de fecha veintisiete de diciembre de dos mil once, que contiene el Plan Anual de Salarios y Otras Disposiciones Relacionadas con la Administración de Recursos Humanos, con vigencia para el Ejercicio Fiscal 2012.


ACUERDA:


REFORMAR EL ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 155-2008, DEL 2 DE JULIO DE 2008

 
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