ACUERDO MINISTERIAL 562-2012
Acuerda modificar parcialmente la siguiente disposición del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 562-2012
Guatemala, 15 de junio de 2012
LA MINISTRA DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
CONSIDERANDO:
Que la ley es la fuente del ordenamiento jurídico contra la cual no puede alegarse ignorancia, desuso, costumbre o práctica en contrario;
CONSIDERANDO:
Que resulta conveniente dictar normas institucionales que tengan por propósito modificar las actuaciones administrativas en aras de configurar toda actividad del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales hacia el cumplimiento de las prioridades de Gobierno.
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo Ministerial número 408-2011 del cuatro de octubre de dos mil once, se tomó la disposición de crear una instancia de coordinación dentro de la estructura interna del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, para coadyuvar en la implementación de políticas ambientales con la participación de sectores público, privado y sociedad civil.
CONSIDERANDO:
Que las actuaciones del Consejo Consultivo del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales se traducen en la promoción de la participación pública en la gestión ambiental para dar paso a una visión de país congruente con el fortalecimiento de la protección de agua, suelo y bosque, así como el cumplimiento ambiental en todo sentido.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que establece el artículo 153, 154, 194 inciso f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, artículo 25 de la Ley del Organismo Ejecutivo; artículo 3, 5 y 8 de la Ley del Organismo Judicial; artículo 5 incisos c) y d) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.
ACUERDA:
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