DECRETO 4-2011
Decreta Rectificar el inciso B) de numeral PRIMERO del Decreto Número 3-2011.
DECRETO NÚMERO 4-2011
EL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL
CONSIDERANDO:
Que este Tribunal en el numeral PRIMERO, inciso B) del Decreto Número 3-2011, de fecha 26 de octubre del año en curso, por razones de seguridad y conflictividad, confirmó la no operativización, para la Segunda Elección Presidencial de la Circunscripción Electoral Municipal Rural Florencia, implementada en el municipio de Pochuta, del departamento de Chimaltenango, habiendo consignado la cantidad de 2,039 Votantes designadas en dicha CEM, con un total de 4 mesas, siendo necesario rectificar dicho dato, emitiendo la disposición que corresponde;
POR TANTO:
Este Tribunal, con fundamento en la considerado, Decretos y resoluciones citados, y en lo que para el efecto preceptúan los artículos: 1º, 2º, 3º, 136, 147, 154 y 223 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3. 4, 7, 9, 12, 13, 18, 20, 97, 98, 124, 125, 128, 129, 130, 131, 132, 142, 144, 193, 194, 195, 196, 197, 198, 199, 206, 203, 206, 207, 210, 224, 231, 233 y 235 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos Decreto número 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente y sus reformas); 3, 6, 50, 136, 137, 138 y 139 del Reglamento a dicha ley; 6, 8 y 45, de la Ley del Organismo Judicial;
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