DECRETO DEL CONGRESO 4-2011
Acuerda las Reformas al Decreto Número 63-94 del Congreso de la República Ley Orgánica del Organismo Legislativo.
DECRETO NÚMERO 4-2011
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República establece en los artículos 140 y 141 que Guatemala es un Estado libre, independiente y soberano, organizado para garantizar a sus habitantes el goce de sus derechos y de sus libertades. Su sistema de gobierno es republicano, democrático y representativo. La soberanía radica en el pueblo quien la delega para su ejercicio en los Organismos Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
CONSIDERANDO:
Que es un componente esencial de la democracia representativa, la rendición de cuentas de todos los funcionarios públicos, especialmente de los que han sido electos por la voluntad soberana del pueblo y que la gobernabilidad democrática demanda la profundización de los procesos de modernización del Estado, incorporando las nuevas tecnologías, con el fin de elevar los niveles de eficiencia, probidad y transparencia en la gestión pública.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo que establece el artículo 30 de la Constitución Política de la República de Guatemala, todos los actos de la administración son públicos y que es un derecho inalienable de los ciudadanos conocer la información relacionada a la forma en que los diputados y diputadas cumplen con la responsabilidad de representarlos a través de los votos que emiten.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le otorga el articulo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
Las siguientes:
REFORMAS AL DECRETO NÚMERO 63-94 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, LEY ORGÁNICA DEL ORGANISMO LEGISLATIVO
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