ACUERDO 023/011
Acuerda modificar el Acuerdo 55/210 de esta Presidencia de fecha 13 de mayo de 2010.
ACUERDO NÚMERO 023/011
EL PRESIDENTE DEL ORGANISMO JUDICIAL Y DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
CONSIDERANDO:
Que por Acuerdo 55/010 de esta Presidencia de fecha trece de mayo de dos mil diez, se concedió el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del mismo, para que las personas individuales o jurídicas, puedan reclamar la devolución de los bienes muebles de lícito comercio de su propiedad que se encuentren depositados en diferentes instituciones, a disposición de los Tribunales del País con anterioridad al uno de enero de dos mil ocho; y que en el artículo 3º. de dicho Acuerdo, se redactó que "con anterioridad al uno de enero del dos mil seis", por lo que al no existir congruencia en las fechas, se hace necesario realizar la rectificación correspondiente;
POR TANTO:
Con fundamento en lo que establecen los artículos: 203 y 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala y en uso de las facultades que le confieren los artículos: 52, 53 y 55 incisos e y f) de la Ley del Organismo Judicial;
ACUERDA:
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