ACUERDO 70-2010
Acuerda aprobar la Ejecución del Presupuesto de Ingresos percibidos correspondientes al ejercicio fiscal dos mil diez.
ACUERDO NÚMERO SETENTA - DOS MIL DIEZ
(70-2010)
Guatemala; veintinueve de diciembre del año dos mil diez
LA FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA Y JEFA DEL MINISTERIO PÚBLICO
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo estipulado en la Constitución Política de la República, el Ministerio Público, es una institución auxiliar de la administración pública y de los tribunales con funciones autónomas; en tal sentido, éste se organiza conforme a los principios de autonomía y jerarquía y anualmente se le asigna una partida en el presupuesto General de la Nación, para que sus recursos los administre de manera autónoma en función a sus
CONSIDERANDO:
Que le Ley Orgánica del Ministerio Público, faculta al Fiscal General de la República y Jefe del Magisterio Público para impartir las instrucciones convenientes en el área financiera, para cumplir y velar que se cumplan los objetivos y metas propuestas para el presente ejercicio fiscal.
CONSIDERANDO:
Con base a lo establecido en el artículo 37 de las Normas Presupuestarias de Observancia Interna aprobadas para el año 2010, mediante Acuerdo 80-2009 de Fiscalía General, que establece que el Fiscal General de la República y Jefe del Ministerio Público, al final del ejercicio fiscal mediante acuerdo aprobará la ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Institución.
POR TANTO:
En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 251 de la Constitución Política de la República de Guatemala: y 1, 3, 10, 11 numerales 1, 2, y 7; 54 y 66 del Decreto Número 40-94 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Ministerio Público.
ACUERDA.
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