ACUERDO 1-2009
Acuerda declarar el 24 de Enero de cada año el DIA DE LAS ARTESANIAS RABINALENSES, PATRIMONIO DE LOS ACHIES.
ACUERDO MUNICIPAL No. 1-2009
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE RABINAL, MUNICIPIO DEL DEPARTAMENTO DE BAJA VERAPAZ.
CERTIFICA:
Que para el efecto ha tenido a la vista el libro de Acuerdo Municipales se encuentra el acuerdo que copiada literalmente dice: "ACUERDO MUNICIPAL: No. 1-2,009 EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE RABINAL, DEL DEPARTAMENTO DE BAJA VERAPAZ. CONSIDERANDO: El Artículo 57 de la Constitución Política de la República de Guatemala establece: Toda persona tiene derecho a participar libremente en la vida cultural y artística de la comunidad, así como a beneficiarse del progreso científico y tecnológico de la Nación. CONSIDERANDO: El artículo 62 de la Constitución Política de la República de Guatemala establece: Protección al arte, folklore y artesanías tradicionales. La expresión artística nacional, el arte popular, el folklore y las artesanías e industrias autóctonas, deben ser objeto de protección especial del Estado, con el fin de preservar su autenticidad. El Estado propiciará la apertura de mercados nacionales e internacionales para la libre comercialización de la obra de los artistas y artesanos, promoviendo su producción y adecuada tecnificación. CONSIDERANDO: Siendo Rabinal, Baja Verapaz eminentemente artesano y cultura es conveniente declarar un día del año como "el día de las Artesanías Rabinatenses”. POR TANTO: El Honorable Concejo Municipal en el uso de facultades que le confieren el artículo 9, 33 y 35 del Decreto No. 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala; 57, 58, 60, 61, 62, 65 de la Constitución Política de la República de Guatemala. ACUERDA
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