ACUERDO MINISTERIAL 58-2010
Se acuerda crear y nombrar al Comité de Salud y Seguridad Ocupacional del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, en la sede central.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 58-2010
Guatemala, 7 de abril 2010
EL MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
CONSIDERANDO
Que el Estado de Guatemala velará por la salud, y la asistencia social de todos los habitantes, desarrollará a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social.
CONSIDERANDO
Que todo empleador está obligado a adoptar las precauciones necesarias para proteger eficazmente la vida, la seguridad y la salud de los trabajadores en la prestación de sus servicios, otorgándoles participación a los trabajadores para promocionar la cultura de la prevención de accidentes y riesgos laborales.
POR TANTO
Con base en lo considerado y lo que para el efecto establecen los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales a), f), y m) del Decreto 114-97, del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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