ACUERDO MINISTERIAL 464-2009
Se acuerda autorizar el funcionamiento y aprobar los estatutos de la Fundación denominada FUNDACIÓN FOMENTO FUTURO, con sus siglas FUNDAFUTURO.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 464-2009
Guatemala, 31 de julio de 2009
El MINISTRO DE GOBERNACIÓN
CONSIDERANDO:
Que el Presidente del Consejo Directivo Provisional y Representante Legal de la fundación denominado FUNDACIÓN FOMENTO FUTURO con sus siglas FUNDAFUTURO, solícito a este Ministerio, autorización para su funcionamiento y la aprobación de sus estatutos.
CONSIDERANDO:
Que el instrumento público en que consta el acto de fundación llena los requisitos legales exigidos por este Ministerio y contándose con la opinión favorable de la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio y visto bueno de la Procuraduría General de la Nación, es procedente dictar la disposición ministerial correspondiente.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal m) y 36 literal b) de la ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 15 numeral 2 y 31 segundo párrafo del Código Civil, Decreto Ley número 106.
ACUERDA:
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