ACUERDO GUBERNATIVO  178-2009

Se acuerda emitir el siguiente "Reglamento para la Certificación de la calidad del Agua para Consumo Humano en Proyectos de Abastecimiento".


ACUERDO GUBERNATIVO 178-2009

Guatemala, 22 de junio del 2009


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala ordena al Estado velar por la salud y asistencia social de todos los habitantes; desarrollando, a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurar a los habitantes el más completo bienestar físico, mental y social; siendo, la regulación de los aspectos relativos al abastecimiento de agua para consumo humano, una acción fundamental de promoción y prevención de la salud.


CONSIDERANDO

Que el artículo 88 del Decreto 90-97 del Congreso de la República, Código de Salud; establece que todo proyecto de abastecimiento de agua, previo a su puesta en ejecución, debe contar con un certificado de la calidad del agua, y que éste debe ser extendido por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, bajo los términos, establecidos en el reglamento respectivo.


POR TANTO

En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y, con fundamento en el artículo 244 del Decreto número 90-97 del Congreso de la República, Código de Salud.


ACUERDA

Emitir el siguiente:


"Reglamento para la Certificación de la Calidad del Agua para Consumo Humano en Proyectos de Abastecimiento".


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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