DECRETO DEL CONGRESO  18-2009

Se decreta exonerar por única vez del pago de todos los impuestos que contemple la legislación vigente, a la importación de un vehículo automotor tipo ambulancia.


DECRETO NÚMERO 18-2009


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que el Estado de Guatemala, de conformidad con la legislación vigente, es garante de la defensa y protección de sus habitantes.


CONSIDERANDO:

Que dentro de la práctica en nuestro país, existen diversas instituciones que se dedican a realizar actividades humanitarias, como lo constituyen la preservación de la salud y la prestación de servicios inmediatos para cubrir emergencias, rango en el que se encuentra el Hospital Nacional de Malacatán del departamento de San Marcos, quien ha requerido la exoneración del pago de impuestos y derechos arancelarios para la importación de una ambulancia donada por una institución internacional, ya que actualmente carece de los recursos económicos para cancelar los impuestos que ocasiona el ingreso de dicho vehículo.


POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República,


DECRETA:

 
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