ACUERDO GUBERNATIVO 117-2009
Se acuerda autorizar a la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia, para que transfiera al "Fondo Social de Solidaridad", la DIRECCIÓN DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Y VIVIENDA.
ACUERDO GUBERNATIVO 117-2009
Guatemala, 23 de abril de 2009
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo Gubernativo número 71-2009, de fecha 11 de marzo de 2009, se creó el "Fondo Social de Solidaridad", con el objeto de ejecutar programas, proyectos y obras, competencia del Ministerio de Comunicaciones, infraestructura y Vivienda, que coadyuven a fortalecer el desarrollo económico y social de la población guatemalteca y mejorar su nivel de vida; así también a constituir el fideicomiso "Fondo Social de Solidaridad", el cual podrá absorber derechos y obligaciones adquiridos por otras instituciones y entidades, provenientes de contrato y convenios que éstas hayan suscrito y que se encuentren vigentes, así como recibir los recursos financieros y bienes necesarios para la realización de su objeto
CONSIDERANDO:
Que con fecha 3 de abril de 2,009 fue publicada en el Diario Oficial la sentencia de la Corte de Constitucionalidad que declara la inconstitucionalidad parcial de los artículos 8 y 11 de la Ley del Organismo Ejecutivo, la cual varia las funciones de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia, en el sentido de no poder ejecutar funciones a cargo de ministerios y otras entidades, ni coordinar unidades ejecutoras.
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento de lo anterior, es necesario trasladar la DIRECCIÓN DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Y VIVIENDA (DAHVI) al Fondo Social de Solidaridad, para que los programas y obligaciones existentes puedan ser ejecutados, debiendo emitir la disposición legal correspondiente.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el artículo 5 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República.
ACUERDA:
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