ACUERDO GUBERNATIVO  116-2009

Se acuerda emitir las siguientes reformas al Acuerdo Gubernativo 63-2001, Sistema Nacional para la Prevención y Control de Incendios Forestales.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 116-2009

Guatemala, 23 de abril de 2009


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que por medio del Acuerdo Gubernativo número 63-2001 de fecha 16 de febrero de 2001, se creo el Sistema Nacional para la Prevención y Control de Incendios Forestales -SIPECIF-; que tiene como finalidad la definición, implementación e integración de programas, acciones y estrategas específicas para la prevención, mitigación, control y extinción de los incendios forestales. Que conforme el artículo 5 de dicho cuerpo legal, la Presidencia del Consejo Coordinador quedó a cargo del Secretario Ejecutivo de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia.


CONSIDERANDO:

Que con fecha 3 de abril de 2009, fue publicada en el Diario de Centro América la sentencia emitida por la Corte de Constitucionalidad con fecha 28 de enero de 2009, que declaró la inconstitucionalidad parcial de los artículos 8 y 11 del Decreto 114-97 del Congreso de la República y sus reformas, Ley del Organismo Ejecutivo, que varía de forma substancial las funciones de la Secretaríla de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia, en el sentido de no ejecutar funciones, atribuciones y responsabilidades a cargo de ministerios y otras entidades, ni coordinar unidades ejecutoras.


CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo Gubernativo número 443-2000 de fecha 12 de septiembre del año 2000, Reglamento de la Ley de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres de Origen Natural o Provocado, -CONRED-, establece que son atribuciones del Secretario Ejecutivo de -CONRED-, entre otras, ejecutar las decisiones que el Presidente de la República por sí o en Consejo de Ministros le encomiende. En tal virtud se hace necesario reformar el Acuerdo Gubernativo número 63-2001 de fecha 16 de febrero de 2001, emitiendo la disposición legal correspondiente.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y, con fundamento en el artículo 5 del Decreto 109-96 del Congreso de la República, Ley de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres de Origen Natural o Provocado -CONRED-, y 19 literal b) de su Reglamento.


ACUERDA:

Emitir las siguientes:


Reformas al Acuerdo Gubernativo número 63-2001, de fecha 16 de febrero de 2001, Sistema Nacional para la Prevención y Control de Incendios Forestales, -SIPECIF-.

 
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