ACUERDO MINISTERIAL 16-2009
Se acuerda para la fijación del pasaje del transporte extraurbano de pasajeros por carretera en la clase de servicio de línea corta.
ACUERDO MINISTERIAL No. 16-2009
Guatemala, 19 de enero de 2009
EL MINISTRO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, todo lo relativo al transporte extraurbano de pasajeros por carretera, incluyendo la fijación de las tarifas que deban cobrarse por la prestación de los servicios.
CONSIDERANDO:
Que dada la situación actual que atraviesa el transporte extraurbano de pasajeros por carretera en la clase de servicio de línea corta, debido a la fluctuación de precios de los combustibles y sus derivados, se evidencia la necesidad de regular de manera especifica las tarifas que deben cobrarse por la prestación de tal servicio.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere los artículos 194 literales a) y f)de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 incisos a), c) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Numero. 114-97 del Congreso de la República, 5 literales a) y o) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Comunicaciones, infraestructura y Vivienda, Acuerdo Gubernativo 520-99, y sus reformas y 8 del Reglamento del Servicio de Transporte Extraurbano de Pasajeros por Carretera, Acuerdo Gubernativo 42-94, y sus reformas.
ACUERDA:
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