ACUERDO GUBERNATIVO 386-2008
Reglamento del Registro de Garantías Mobiliarias.
*Derogado por el artículo 48 del Acuerdo Gubernativo 211-2021
ACUERDO GUBERNATIVO No. 386-2008
Guatemala, 18 de diciembre del 2008
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley de Garantías Mobiliarias, se creó el Registro de Garantías Mobiliarias, como una dependencia pública del Ministerio de Economía, con función automatizada y que tiene por objeto la inscripción de la constitución, modificación, prórroga, extinción y ejecución de garantías mobiliarias.
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Garantías Mobiliarias asignó al Organismo Ejecutivo, por medio del Ministerio de Economía, la obligación de emitir el Reglamento del Registro de Garantías Mobiliarias, en virtud de lo cual, es necesario emitir el Reglamento que desarrolle las disposiciones de la Ley citada, respecto al Registro y su funcionamiento.
POR TANTO,
En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el artículo 40 del Decreto Número 51-2007 del Congreso de la República, Ley de Garantías Mobiliarias.
ACUERDA:
Emitir el siguiente,
REGLAMENTO DEL REGISTRO DE GARANTIAS MOBILIARIAS
Título I
Capítulo Único
Disposiciones Generales
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