ACTA MUNICIPAL 090-2008.5
Se acuerda Convocar a todos los contribuyentes y responsables de bienes Inmuebles del Municipio de Escuintla, para que presenten un autoavalúo.
Derogado por El Acta Número 031-2016.4 el 20-04-2016
ACTA NÚMERO 090-2008, PUNTO QUINTO
El Infrascrito Secretario Municipal de la ciudad de Escuintla CERTIFICA: Que en el acta número 090-2008 de la sesión ordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal con fecha 06 del mes de Octubre año 2008, se encuentra el punto QUINTO que dice:
"...QUINTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE ESCUINTLA.-----
CONSIDERANDO
Que la administración del IUSI fue descentralizada a la Municipalidad de Escuintla, según el Acuerdo Ministerial No. 37-96 del Ministerio de Finanzas Públicas de la República de Guatemala.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles, el Concejo Municipal debe aprobar los procedimientos para que se pueda realizar valuación directa de los inmuebles del Municipio, tomando como base el Manual de Valuación Inmobiliaria, con la finalidad de consolidar un régimen de legalidad en la justicia y equidad tributaria en relación con los valores de la tierra y de la construcción, de conformidad con los estudios que se derivan de las zonas homogéneas física y económicas, así como la tipología constructiva de los bienes inmuebles dentro de esta circunscripción municipal.
CONSIDERNADO
Que el Ministerio de Finanzas Públicas mediante Acuerdo Ministerial número 21-2005 de fecha nueve de septiembre del dos mil cinco, autorizó el Manual de Valuación Inmobiliaria formulado por la Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles -DICABI- de ese Ministerio.
CONSIDERNADO
Que el Manual de Valuación Inmobiliaria vigente de DICABI establece que las tablas de valores del terreno y de la construcción de los Bienes Inmuebles de los diferentes municipios del País, serán elaboradas por cada una de las municipalidades.
CONSIDERANDO
Que el Manual de Valuación Inmobiliaria de DICABI, indica que el método de cálculo para establecimiento de valores unitarios finales de terreno se puede realizar la consulta directa a los propietarios de predios que deseen vender o que emitan simplemente una opinión de valor de conformidad con los avisos de venta encontrados en los bienes inmuebles en el recorrido.
CONSIDERANDO
Que el Manual de Valuación Inmobiliaria de DICABI, también indica que el cálculo para establecimiento de valores unitarios finales debe de ser práctico y funcional. Por lo que lo más sencillo y práctico es utilizar el promedio aritmético para el cálculo del valor unitario de los terrenos a definir en cada zona y que posteriormente será el que se utilizará para la aplicación a todos los predios o terrenos de una Zona Económica.
POR TANTO
En el ejercicio de las facultades que le confiere los artículos 253, 254, 255 y 260 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 9, 33, 35, 70, 99, 100, 101, 106 del Código Municipal, Decreto número 12-2002; 1, 2 literal d), 4, 5 numeral 2, 16, 30, de la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles, Decreto número 15-96, ambos del Congreso de la República; Acuerdo Ministerial número 21-2005, que contiene el Manual de Valuación Inmobiliaria, aprobado por el Ministerio de Finanzas Públicas, el nueve de septiembre del dos mil cinco, el Concejo Municipal al resolver.
ACUERDA
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